ASTURIANOS d'ASTURIAS n'ASTURIAS
03/05/2006
É de sobra conocido que «os antiguos escribanos de Castripol autorizaban escrituras na playa de Ribadeo, por consideralla asturiana en todo lo que cubre a mar»
Así lo confirmó Juan de Grijalva nel desllinde del conceyo de Castripol consecuencia da redención de 1580, nel qu'a villa de Ribadeo, el veyo conceyo de Sante y el de San Tiso d'Abres presentaron as súas alegaciois cuas correspondentes probas y documentación.
Pero además el Auto del Supremo Tribunal de Xusticia de 17 de Mayo de 1877 ven a confirmar este dereto "consuetudinario" .
periodico decenal, CASTROPOL, 30/11/1905
Provincia á que pertenece la ría del Eo.
Muchos serán los que no lo sepan, y más aun los que la crean neutral, esto es ni gallega ni asturiana, sino meramente divisoria de las provincias de Oviedo y Lugo Por eso, no estará demás que demos en nuestro periódico algunas noticias á este respecto, siquiera no hayan de ofrecer novedad alguna para la gente ilustrada de esta región.
Los antecedentes más antiguos que conocemos, se refieren á que comisionado Juan de Grijalvapara dar posesión a la villa de Castropol de todo su territorio y deslindar sus límites con todos los circunvecinos, se practicó citación á la villa de Ribadeo y notificación al entonces concejo de Sante y al de San Tirso de Abres, habiendo aquél dado por parte al obispo de Mondoñedo. Formuló, además, petición Castropol, para que se declarase que toda la ría le pertenecía, y habiendo sido citados Ribadeo y Sante, se opuso la condesa de Ribadeo, originándose de aquí un largo litigio en el que ambas partes suministraron las pruebras que tuvieron á bien, hasta recaer, por último sentencia dictada por dicho comisionado Grijalva, declarando del concejo de Castropol toda la ría.
Están tomados estos datos de un libro en folio existente en el archivo municipal de Vega de Ribadeo y procedente del de Castropol, que es donde debiera resguardarse, por haber sido llevado del mismo. Así se consigna en la monografía de Vega de Ribadeo publicada en la obra Asturias, por el docto catedrático de la Universidad de Oviedo D. Juan María Rodríguez Arango.
La posesión á favor de Castropol y el litigio con la condesa de Ribadeo fueron consecuencia de la redención que en 1580 hizo nuestro concejo, como medio de recobrar la jurisdicción civil y criminal, mero y mixto imperio etc , que hasta entonces correspondieran al obispo de Oviedo.
Es cosa muy sabida aquí, sobre todo entre la gente de curia, que los antiguos escribanos de Castropol autorizaban escrituras en la playa de Ribadeo, por considerarla asturiana en todo lo que cubre la mar. Creemos que los actuales notarios no hagan otro tanto, pero no por falta de derecho para ello.
No hace aún muchos años que se promovieron competencias de jurisdicción entre los Juzgados de 1 * instancia de Castropol y Ribadeo, discutiéndose con tal motivo á cuál de los dos partidos judiciales corresponde la ría del Eo Existe terreno destinado á arbolado, que llaman la Entreseca de Abres, á la parte izquierda del Eo, ó sea á la de Galicia, digámoslo así. Promovido interdicto de recobrar ante el Juzgado de 1 ª instancia de Ribadeo, á causa de una servidumbre de carrera á que los demandantes decían estar afecta dicha Entreseca, requirió de inhibición el Juzgado de esta villa al de Ribadeo, competencia resuelta por el Supremo 'Tribunal de Justicia á medio de auto de 17 de Mayo de 1877, á favor del Juzgado de Castropol. Entre otras razones que se aducen en la referida sentencia, se dice en ella que formada causa en 1872 por el delito de lesiones causadas en el mismo terreno de la Entreseca, y suscitada competencia entre los jueces de Castropol y Ribadeo se inhibió este último en favor del primero con aprobación de la Audiencia de la Coruña.
Apoyaba también la competencia nuestro Juzgado en que los títulos de dominio de fincas en la Entreseca de Abres se inscriben en el Registro de la Propiedad de Castropol y están amillaradas, en el concejo de Vega de Ribadeo para la contribución territorial, por cuanto la línea divisoria de aquel término municipal y el de Travada pasa por la Olga de Pedrido, que es el antiguo álveo del rio Eo.
Tenemos entendido asi mismo que las cuestiones de pesca en la ría del Eo se ventilan ante los tribunales asturianos. Por manera que aquella lleva indebidamente el nombre de Ría de Ribadeo desde el momento en que ha sido declarada perteneciente al concejo de Castropol, á cuya jurisdicción corresponde en toda su extensión el río Eo, según el común sentir de funcionarios y personas fidedignas, como literalmente dijo nuestro Juzgado al sostener su competencia en contra del de Ribadeo en el caso que motivó el auto del Supremo Tribunal de Justicia de 17 de Mayo de 1877.
No faltará tal vez quien posea algún otro antecedente que pueda ilustrar aún mejor el punto de que se trata. Abiertas le quedan las columnas de nuestro periódico, si tiene gusto en acudir á él con sus noticias.
periodico decenal, CASTROPOL, 30/11/1905
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ciudadastur.es | 2006-05-03 13:38:19
É de sobra conocido que «os antiguos escribanos de Castripol autorizaban escrituras na playa de Ribadeo, por consideralla asturiana en todo lo que cubre a mar»